Parcela de 1.500 m² en la zona de Cigarra Baja (Almodóvar del Río) con una vivienda cómoda en un entorno natural único.
Lo mejor de la vivienda (97 m² en una sola planta):
Espacio abierto: Amplio y luminoso salón con cocina abierta amueblada y equipada, ideal para reuniones familiares.
3 Dormitorios exteriores (el principal con baño en suite para mayor privacidad) y 2 baños completos.
Climatización y confort: Acogedora chimenea de hierro para el invierno y split de aire acondicionado.
Calidades: Tejado de teja con 7 placas solares instaladas, ventanas de aluminio blanco con mosquiteras y rejas de seguridad, suelos de gres, agua de pozo potable, depósito de agua y fosa séptica, agua caliente mediante termo eléctrico.
Exteriores de ensueño:
Piscina de agua salada de 40 m², perfecta para el verano.
Gran mirador con vistas despejadas.
Parcela de 1.500 m² con árboles frutales como: olivos, higuera, encinas, limonero, níspero…
⚠️ ¡IMPORTANTE! HIPOTECABLE!!!
Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos (Ley 10/2025)
PRECIO DE VENTA + GASTOS
En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:
* Honorarios Agencia del comprador: 2,5 % del precio final de venta más el 21% de IVA (con un mínimo de 3.600 € más el 21% de IVA).
* Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía (generalmente el 7%, sin perjuicio de tipos reducidos del 3,5%, 1,2% o 1% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.
* Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
* Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
* Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden a [600 aprox.] € (IVA incluido).
* Para cumplir con la normativa vigente tenemos a disposición del cliente la Ficha de segundas y ulteriores transmisiones de inmuebles. El precio anunciado no tiene caducidad, pero puede sufrir alteraciones sin previo aviso.
Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Andalucía, puede visitar la página: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html